IVA por alquileres de inmuebles propiedad de NO Residentes.
Hasta el ejercicio fiscal de 2018, Dextra Asesores, han venido informando a sus clientes no residentes en España, propietarios de inmuebles arrendados no destinados a vivienda por el inquilino, de que esta operación producía las siguientes obligaciones tributarios:
1. Obligación de tributar por el Impuesto sobre la Renta de NO residentes. El tipo es del 19% para residentes en la UE y del 24% para el resto. Esta obligación se concreta en la retención que debe practicar el inquilino, que excluye la obligación de realizar declaración.
2. Obligación de constar de alta en el censo de la AEAT como arrendador a efectos del IVA.
3. Obligación de emitir facturas con separación del IVA al tipo del 21%.
4. Obligación de presentar declaraciones trimestrales de IVA, ingresando el IVA cobrado al inquilino.
Recientemente la Dirección General de Tributos ha publicado una nueva interpretación de las normas existentes (que no han variado) en la Consulta V-2915/17, que tiene las siguientes consecuencias:
1. No varía la situación respecto al Impuesto sobre la Renta de No Residentes.
2. Los no residentes en España con propiedades arrendadas con devengo de IVA no tendrán que cobrar el IVA al inquilino. Será el inquilino el obligado a declarar el IVA del arrendamiento.
3. Los No Residentes no tendrán que estar de alta en el censo de arrendadores de la AEAT.
4. Los No Residentes no están obligados a presentar declaraciones de IVA.
Conclusiones:
• Debe proceder a causar baja en el censo de arrendadores de la AEAT.
• Presentará una última declaración trimestral de IVA 2018, en enero 2019, con los arrendamientos facturados en el último trimestre.
• Avisar a los inquilinos de que desde 01/01/2019 las facturas no incluirán IVA, y que serán ellos los obligados con la AEAT.
• En el ejercicio 2019 ya no se presentarán declaraciones de IVA.
• La situación respecto al Impuesto sobre la Renta de No Residentes no ha variado, por lo que tendrá que seguir soportando una retención del 19-24%.
¿NECESITA ASESORAMIENTO PERSONALIZADO?
Desde UNAES le aconsejamos que contacte con un Abogado Especialista en Derecho Tributario a fin de que le asesore y le guíe. Envíe su consulta al email de UNAES info@unaes.es.
UNAES ¡SÓLO PARA ABOGADOS ESPECIALISTAS!