Impuesto sobre Donaciones y Sucesiones en la Comunidad Valenciana
Guía para el cálculo del Impuesto sobre Donaciones y Sucesiones en la Comunidad Valenciana escrita por D. Francisco Ruiz Cortés, Asesor Fiscal.
Plazo de presentación
- Sucesiones (herencias): 6 meses prorrogables desde la fecha del fallecimiento.
- Donaciones: 30 días desde la donación.
Base para aplicación de la tarifa
El valor real de los bienes y derechos adquiridos, menos las cargas y deudas.
A ese valor se le aplicarán las siguientes reducciones:
EN SUCESIONES (HERENCIAS)
- 100.000 € a cada descendiente (hijos, nietos) mayor de 21 años. Mayor reducción para los menores o discapacitados.
- El 95% del valor de la vivienda habitual del fallecido cuando el heredero sea descen-diente, esposo/a o ascendiente. Se requiere mantener la vivienda al menos 5 años. o 90-95% en la adquisición de empresa individual agrícola.
- 50-95% en la adquisición de bienes del patrimonio cultural valenciano, cuando se ce-dan para su exposición pública.
- 95% en la adquisición de empresas individuales (también profesionales). Se requiere mantener la actividad al menos 5 años. Esta reducción sólo se aplica a las empresas de reducida dimensión (< 10 M €).
- 95% en la adquisición de participaciones en empresas, con las mismas condiciones que la reducción anterior.
EN LAS DONACIONES
- 100.000 € a cada hijo (no nietos) >21 años con un patrimonio inferior a 600.000 €. Mayor reducción para los hijos menores o discapacitados.
- 100.000 € para nietos huérfanos, con un patrimonio inferior a 600.000 €.
- 100.000 € para abuelos cuyo hijo hubiera fallecido, con un patrimonio inferior a 600.000 €.
- 240.000 € en las adquisiciones por minusválidos físicos/psíquicos en grado 65-33%.
- 120.000 € en las adquisiciones por padres o hijos minusválidos físicos en grado 33%.
- 95% en la adquisición hijos o padres (también nietos huérfanos) de empresa individual agrícola. Se requiere mantener la actividad al menos 5 años y cifra de negocios
- 95% en la adquisición por cónyuge, descendientes o padres de empresas individuales (también profesionales). Se requiere mantener la actividad al menos 5 años y cifra de negocios
- 95% en la adquisición de participaciones en empresas, con las mismas condiciones que la reducción anterior.
- 1.000 € en las adquisiciones de dinero para destinarlo a una empresa de cinematografía, teatro, música, pintura, edición, a investigación o en el ámbito social.
Tarifa (% de impuesto)
Coeficientes multiplicadores
A la cuota tributaria obtenida de aplicar la tarifa a la base resultante después de efectuar las reducciones, se le aplicarán los coeficientes que figuran en el cuadro a continuación, y que incrementan la cuota dependiendo del parentesco con el difunto/donante y del patrimonio previo del heredero.
Bonificaciones
Sucesiones
- 75% descendientes < 21 años.
- 50% descendientes >21 años, cónyuges y ascendientes.
- 75% discapacitados físicos/sensoriales grado ≥ 65%, o psíquicos con un grado ≥ 33%.
Donaciones
- No hay bonificaciones.