IRPH PARA DUMMIES

En los últimos días ha sido notable la presencia de estas siglas en las redes sociales y demás medios de comunicación, pero, ¿que significa IRPH que incluso ha llegado a confundirse con otras siglas como IRPF?. Lo cierto es que son dos términos que en nada se relacionan el uno con el otro.

Rocío Roque Guevara, abogada especialista en Derecho Bancario, nos explica y aclara el significado de la reciente sentencia del TJUE en referencia al IRPH en la que muchos consumidores se ven afectados.

¿Qué significa IRPH?

Las siglas IRPH se corresponde con la definición “Tipo Medio de los Préstamos Hipotecarios a mas de tres años para adquisición de vivienda libre”. Ahora bien, hasta 2013 subsistían 3 tipos de IRPH, los cuales se correspondían con:

• IRPH Cajas

• IRPH Bancos

• IRPH Entidades

En la actualidad, subsiste únicamente IRPH entidades desapareciendo los dos primeros.

El IRPH de mi hipoteca dónde lo encuentro, ¿en TIPO FIJO O VARIABLE?

Como es sabido, las hipotecas pueden concertarse a un TIPO FIJO o a un TIPO VARIABLE. Es con referencia a esta segunda modalidad, donde podremos encontrar este índice de referencia, o algún otro, como por el ejemplo el Euribor.

Así, a efectos de determinar el tipo de interés aplicable en cada periodo de revisión de nuestra hipoteca (semestral, anual…), se tomará para el cálculo el índice porcentual de referencia pactado en el contrato. Dicho índice, en este caso el IRPH, será supervisado y publicado de forma oficial por el Banco de España mensualmente.

No obstante, si nuestra hipoteca fue contratada con un TIPO FIJO para toda la vida del préstamono encontraremos ningún índice de referencia, ni Euribor ni IRPH, puesto que el tipo de interés será siempre constante y no experimentará ninguna variación.

Soy un posible afectado del IRPH, ¿Qué significa la sentencia del Tribunal de Justicia de la UE?

Desde hace algunos años, se ha venido defendiendo que, como ya sucedía con otras condiciones contractuales, el IRPH era una cláusula impuesta unilateralmente por el Banco sin que sobre la misma se aportara ningún tipo de información al consumidor que le hiciera comprender los efectos reales de lo que contrataba, lo que daba lugar a una cláusula que padecía de una clara falta de transparencia, y por tanto, debía entenderse, a todas luces, como ABUSIVA al amparo de la normativa protectora de consumidores y usuarios.

A este respecto, muchos Tribunales españoles, entendían que no cabía examinar su abusividad dado que se trataba de un índice oficial supervisado y publicado por el propio Banco de España. Sin embargo, la esperada Sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE), publicada el 3 de marzo de 2020, ha aclarado que, a pesar de tratarse de un índice oficial, ello no obstaculiza para que pueda examinarse “caso por caso” si dicho índice fue incorporado al contrato de una forma TRANSPARENTE, pues de no se así, en aplicación la Directiva Europea de protección de consumidores y usuarios habría de reputarse como una clausula abusiva y, por tanto, NULA.

¿Cuándo puedo reclamar a la entidad?

Cualquier afectado por una cláusula de IRPH podrá en cualquier momento interponer una reclamación extrajudicial a la entidad, la cual dispone de un plazo de 2 meses para responder.

Una vez transcurrido dicho plazo sin respuesta o con una respuesta negativa, podrá interponer la correspondiente demanda ante el Tribunal español competente.

¿Y si finalmente el juez considera que el IRPH es abusivo?

En la propia sentencia del TJUE, se ha establecido que la consecuencia de considerar abusiva una cláusula contractual, en este caso el IRPH, sería eliminarla del contrato siendo sus efectos retroactivos, pues una cláusula declarada NULA debe entenderse como una cláusula que no ha existido nunca, debiéndose restituir las cantidades que hayan sido abonadas por la misma. En otras palabras, la consecuencia sería un “préstamo sin interés”.

Ahora bien, solo para el supuesto de que el contrato no pudiera subsistir sin dicha cláusula, a fin de evitar efectos perjudiciales para el consumidor, el juez competente podrá sustituir el índice IRPH por otro índice más beneficioso para el consumidor.

ARTÍCULO ESCRITO POR ROCÍO ROQUE GUEVARA, ABOGADA ESPECIALISTA EN DERECHO BANCARIO.

 

UNAES, cuenta con Abogados Especialistas en Derecho Bancario para acompañarte en todo lo relacionado a este tema u otros como pueda ser clausulas suelo, hipotecas, cuotas participativas, derecho de consumo, nulidad de compra de acciones, preferentes y subordinadas, etc.

Solicita ahora más información, enviándonos un correo a info@unaes.es.

UNAES ¡SÓLO PARA ABOGADOS ESPECIALISTASaceboTwit

 
Podcasts
Noticias jurídicas deportivas
Noticias sobre Propiedad Intelectual

100% PROFESIONAL

Abogados colegiados especialistas en las principales materias del Derecho.

100% EFICAZ

Contacto directo con el abogado especialista de tu zona y sin intermediarios.